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16 de agosto de 2011

[Francia] Área de Capbreton (BIS)

Después de pasar el puente en Capbreton, en el párking de al lado del área de la que hice un repor en su día http://misskilometros.blogspot.com/2011/05/francia-area-de-autocaravanas-de.html, hago una nueva entrada, para matizar algunos áspectos, dado que la vez anterior pernoctamos en el párquing contiguo sin ningún problema, y en esta ocasión, fuimos despertados por la policia, con una amenaza de multa en el caso de no bajar el techo elevable, por lo que no multan por pernocta, si no por acampada. En cuanto bajas el techo, te dejan tranquilo.


Como llevamos a los perros,  para dejarlos dentro cuando vamos a coger olas, y que estén agusto y sin pasar calor, subimos el techo, decidimos entrar en el área de pago propiamente dicho.
El precio por 24 h, es de 11€, con los servicios de luz, agua, wc y vaciado de grises incluidos.

En estas fechas, hay que ir muy pronto para coger sitio, porque es un área muy solicitada al estar al lado de la playa, nosotros estuvimos vigilando hasta conseguir una plaza, al estilo de la mafia :)


Si algun lector amigo, pudiese explicarme la ley francesa, se lo agradecería, ya que valoramos este país por su cantidad de áreas y servicios para nosotros, pero no sabiamos que ellos consideran el techo elevable como un elemento de acampada equivalente a un toldo o unos calzos.

Os dejo la información de nuevo, por si a alguno se le ha escapado:
  • Tipo: Área de Autocaravanas
  • Gratuito: No
  • Agua: Si
  • Electricidad: Si
  • Duchas: No
  • WC: Si
  • Abierto de : 3/04 al 15/11
  • Coordenadas: 43.636044,-1.446762 

4 ideas:

Humberto says:
at: 16 ago 2011, 19:25:00 dijo...

La ley francesa, pues me temo que desgraciadamente será como la española, a gusto de de como la interprete el gendarme de turno. Sigo sin entender como el techo elevable se considera "acampada" cuando es parte del vehículo y no supera las dimensiones de éste (largo y ancho). Sin embargo mientras no superes los 4 m. de altura total, puedes subir un elefante, si quieres, en el portaequipajes de un mini y apiñar a 16 personas en el habitáculo a pernoctar sin problemas. Tendremos que observar la legislación francesa para salir de dudas. Por cierto, también es coincidencia que al poco de escribir una entrada sobre recurso de multas, los gerdarmes te llamen a la puerta de la furgo :) Un Saludo.

Unknown says:
at: 16 ago 2011, 19:32:00 dijo...

Hola! Pues si que es coincidencia, si! Pero la entrada es una doble, de una que publiqué el verano pasado, ya que la gente tiene un gran desconocimiento del tema... una pena, ya que se recurren las multas y se ganan.

Seguiremos investigando la ley francesa, que me causa intriga, ya que consideramos al país como un gran amigo del turismo itinerante, y tienen mil áreas dónde parar, por lo que es posible que por eso se considere acampada un techo elevable (algo que se sale de la lógica al formar parte del vehículo...) o que simplemente en estos meses de verano al saturarse el área y el párking para la gente de la playa, despierten a los que están visiblemente pernoctando, porque multar, no multaron a nadie, pero pasaron durante todo el día a bajar techos...

Back says:
at: 21 ago 2011, 17:40:00 dijo...

La ley francesa la van modificando los mismos gendarmes, todo depende del viento que pegue y la temperatura que lleven en la coche patrulla.
En temporada alta prohiben pernoctar desde las 22,00 hasta las 08,00, en parking que no estan preparados para pernoctar, pero yo he visto furgos y Acc pernoctando en esos lugares y no ha pasado nada, en el parking del que hablas, en el de pago que es el que ocupan las furgos y disponen de servicios, siempre he visto furgos con el techo elevable y era lo mas normal, llevo años acercandome a esa zona tanto en invierno como en verano y este comentario es la primera vez que lo oigo, pero conociendo a los gendarmes me creo cualquier cosa.
No es necesario conocer la legislacion respecto a este caso, lo unico que podemos hacer es ir y ver que pasa..jejeje

salud!!

Unknown says:
at: 21 ago 2011, 18:30:00 dijo...

Hola!
Gracias por tú comentario.

En el área de pago, claro que se permite el techo elevable, dónde nos despertaron por tenerlo levantado es en el contiguo, en el que no es de pago, por eso mis dudas, ya que un calzo es un elemento de acampada, y no se pueden usar fuera de los campings, pero, mi duda, se refiere al techo elevable, que forma parte del vehículo.

Nosotros accedimos al área de pago para poder levantar el techo, por mis perros básicamente.

En el párking nos despertaron a todas las furgos con el techo levantado, simplemente por tenerlo levantado, lo bajabas, seguias durmiendo y no te decían nada.

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